2018 - Feliciano - La responsabilidad criminal del Presidente será exigible ante el Tribunal Supremo

Artículo 102. Ley fundamental del Reino de España de 1978

La responsabilidad criminal del Presidente y los demás miembros del Gobierno será exigible, en su caso, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

Si la acusación fuere por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones, sólo podrá ser planteada por iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso, y con la aprobación de la mayoría absoluta del mismo.

La prerrogativa real de gracia no será aplicable a ninguno de los supuestos del presente artículo.

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Con los presidentes de las autonomías no sé pero supongo que no estarán más protegidos que el presidente del gobierno.
No soy experto, creo que en España no hay juicio político, no hay impeachment, lo que hay es moción de censura que es cuando el parlamento quita al presidente (no tiene que haber una cuestión de delito para la moción de censura).

Esto dicho, lo que ha realizado el gobierno con el articulo 155 de la ley fundamental del 78. Es una aberración jurídica. Con el 155 ha destituido a todo el gobierno catalán y convocado elecciones. Pero el 155 rezá así, textual:

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Artículo 155. Ley fundamental del Reino de España de 1978

1) Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

2) Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.

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Es un artículo copiado del artículo 37 de la Ley Fundamental de Bonn

(1) Wenn ein Land die ihm nach dem Grundgesetze oder einem anderen Bundesgesetze obliegenden Bundespflichten nicht erfüllt, kann die Bundesregierung mit Zustimmung des Bundesrates die notwendigen Maßnahmen treffen, um das Land im Wege des Bundeszwanges zur Erfüllung seiner Pflichten anzuhalten.
(2) Zur Durchführung des Bundeszwanges hat die Bundesregierung oder ihr Beauftragter das Weisungsrecht gegenüber allen Ländern und ihren Behörden.
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Héctor Feliciano
Héctor Feliciano Osea creo que sí, que el Tribunal Supremo puede exigir la responsabilidad criminal del presidente.